En fecha 26/07/2016 el Poder Ejecutivo ha promulgado la Ley Nº 5638/2016, “De Fomento de la Vivienda y Desarrollo Urbano”.
La Presente Ley Tiene por Objeto establecer Normas y Mecanismos para Asegurar de el Acceso a la Vivienda Digna de categoría Económica en Zonas Urbanas, Sistemas de Financiamiento Mediante adecuados a las Personas y Hogares con Esquema ABC: Ahorro, Subsidio y Crédito Bono complementario Largo Plazo una.
Asímismo busca PROMOVER la Vivienda de Como estructurador determinante de Desarrollo Urbano, con Créditos en las Condiciones preferenciales de emprendimientos Que Tengan la Intención de construir, refaccionar, ampliar o Reparar unidades habitacionales Para Ser Puestas en alquiler o venta de vivienda / s, en Cuyos municipios Exista ONU Plan de Desarrollo Urbano Aprobado territorial.
IGUALMENTE, establecer Zonas o emprendimientos prioritarios para refuncionalizar el parque habitacional; Reciclando inmuebles, CONSEGUIR EL USO ADECUADO de lotes baldíos y redensificar barrios Que Cuentan con Servicios y Equipamiento Urbano para Mejorar el aprovechamiento de la Infraestructura del ya existente. También establecer ONU marco para formalizar El Mercado de Alquileres.
La Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (SENAVITAT) es la Institución rectora del Sistema Nacional de Vivienda y de las Políticas del sector habitacional del País; La Cual sí constituye una de los Efectos this Ley En Una instancia de Coordinación Interinstitucional y multisectorial, asumiendo papeles y Competencias regulatorias y de fiscalización del Cumplimiento De Lo establecido en la ley de presente.